Aval científico
NORMATIVA PARA Aval Científico
La SOCIEDAD ARAGONESA Y RIOJANA DE PSIQUIATRIA, tiene entre sus finalidades sociales establecidas en sus Estatutos promocionar y fomentar el progreso de la Psiquiatría y los asuntos relacionados con la salud mental, divulgando e impulsando los conocimientos de la Psiquiatría y sus principios y por ello, en consecuencia, debe recomendar ante sus asociados y ante todo aquellos que lo soliciten sobre si considera que una actividad determinada está de acuerdo con sus finalidades.
Actividades científicas que pueden ser avaladas
Pueden recibir el Aval Científico de la Sociedad las siguientes actividades científicas:
• Congresos, Reuniones y simposios de otras instituciones y empresas cuyos contenidos estén relacionados con la salud mental y la psiquiatría.
• Documentos de Consenso y Guías Diagnóstico-Terapéuticas. Proyectos de Investigación.
• Libros y monografías.
• Lugares on-line que tengan contenidos relacionados con la psiquiatría y con la salud mental.
• Cualquier otra actividad científica que pueda ser de interés para relacionados con la salud mental.
Aval de la SOCIEDAD
Son reuniones que la sociedad aragonesa y riojana de psiquiatría, considera de interés para los psiquiatras y profesionales relacionados con la salud mental, y que son organizadas por terceros. La SOCIEDAD concede su apoyo, pero no asesora a los solicitantes sobre su proyecto y solo evalúa los proyectos en su forma final y si es de interés para la S.A.R.P. La concesión del aval se limita al interés científico de la actividad propuesta. En ningún caso la S.A.R.P. será responsable del contenido y/o desarrollo de dicha actividad, ni de la información u opiniones vertidas durante su celebración a través de sus organizadores y/ o colaboradores, así como de cualquier cargo económico derivado o implicado en la misma. La S.A.R.P. favorecerá, con la concesión de su aval, la participación de sus miembros como ponentes en actividades científicas.
¿Qué significa tener el “Aval de la S.A.R.P.”
La actividad que consiga el aval podrá utilizar el logotipo de la S.A.R.P. en la publicidad o documentos relacionados con la actividad en concreto, colocando el logotipo de la S.A.R.P. con un rótulo que diga: “Actividad considerada de interés y avalada por la S.A.R.P.”. Por su parte, la S.A.R.P. se compromete a difundir entre sus socios, la información relacionada con la organización del evento/actividad concreta: hora, lugar de realización, colocando la información del evento en su página Web.
Cómo solicitar el aval
Para solicitar el Aval Científico debe remitir el formulario que podrá descargar al final de estas líneas, debidamente cumplimentado a la dirección electrónica secretaria@sarpsiquiatria.es.
Quién concede el aval
La Junta Directiva es quien ostenta la representación de la Sociedad y en consecuencia tiene la responsabilidad exclusiva de otorgar el aval.
Por ello, la concesión del Aval Científico se realizará a través de una certificación de la Secretaría de la Junta Directiva de la Sociedad.
La Junta Directiva, evaluará la documentación aportada, y en un plazo máximo de 30 dará respuesta a la solicitud.
Implicaciones de la concesión
El Aval Científico implica la conformidad de la SOCIEDAD con la actividad avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que sólo lo reciban aquellas actividades que, cumpliendo las finalidades de la Sociedad, lo hagan con el respeto y la dignidad que el nombre de la Sociedad requiere.
Utilización del logo
Antes de la resolución, queda estrictamente prohibida la utilización del logotipo de la S.A.R.P en cualquier material relativo a la actual solicitud, no pudiendo hacer referencia a la misma hasta su evaluación. En caso favorable, el solicitante podrá incluir el logotipo de la SOCIEDAD, previamente facilitado por la propia Junta Directiva.
Dicho logotipo no podrá ser modificado ya que llevará incluido la denominación “Actividad considerada de interés y avalada por:” En este caso, la S.A.R.P. se compromete a la difusión de la actividad a través del calendario de su página web. No se colgará en la web o calendario web ninguna actividad/publicación que no haya superado este procedimiento. La entidad organizadora se compromete a ajustarse lo máximo posible a la documentación, en base a la cual la Junta Directiva de la sociedad dictó su resolución favorable. La concesión del aval tiene un único efecto, por lo que todas aquellas actividades de carácter periódico deberán solicitar el correspondiente aval para cada futura edición.
Formulario de
contacto
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